Si el repudio es imposible, ¿por qué existe la firma digital?

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Dado que el no repudio es imposible de lograr simplemente por software ¿Por qué existe la firma digital?

Permítame aclarar un poco (esta parte es de libro de eschaefe pág. 64):
1. Cuando B se conecta al sitio web A, comprueba la validez de su certificado y, a continuación, puede enviar a B su clave pública RSA y también su clave pública de firma digital. 2. A puede enviar claves B AES para cifrado y MAC mediante cifrado con claves públicas B RSA.
3. El intercambio de mensajes ocurre y B firma MAC a través de sus claves privadas DSS.
4. A lee el mensaje, comprueba el MAC y la firma.

Problema: Si B decide que quiere esquivar la transacción, puede publicar su clave privada para RSA y negar que envió el mensaje (repudio)
Sin embargo, desde que se realizó la firma, A puede desafiar esa afirmación.

Sin embargo si B decide publicar sus claves privadas para firmar, puede reclamar que su firma está falsificada. Y de nuevo el problema es el mismo.

En mi opinión, este es exactamente el problema que la firma digital debía resolver, sin embargo, esta es la misma situación que si no hubiera una firma digital.

También podemos firmar la firma y hacer esto tantas veces como queramos, sin embargo, la publicación de todas las claves privadas nos lleva al paso 1.

¿Qué hemos resuelto exactamente con la firma digital si no podemos lograr la garantía de no repudio del software?

    
pregunta daniels_pa 28.06.2017 - 13:43
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1 respuesta

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La firma digital puede proporcionar un no rechazo, siempre que el procedimiento utilizado para firmar el certificado:

  1. garantiza que la clave privada estuvo en cualquier momento bajo la propiedad exclusiva de su destinatario
  2. (opcionalmente) garantiza que el certificado firmado se entregó a la persona adecuada

Tan pronto como se establezca 1, la autoridad de certificación puede atestiguar que realmente firmó un certificado para la clave utilizada para firmar, y que el mensaje solo puede ser firmado por el propietario del certificado, pero hasta ese momento es desconocida Si además se establece 2, la autoridad de certificación puede certificar que la clave privada utilizada para firmar el mensaje era propiedad de M. X. Esa es una evidencia que realmente prueba que M. X firmó el mensaje o al menos es responsable de él si no declaró que su certificado se había comprometido antes de que se firmara el mensaje.

    
respondido por el Serge Ballesta 28.06.2017 - 16:30
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